Economía

Mina San Rafael: Industriales rechazan resolución de la CC y catalogan suspensión como arbitraria

Empresarios argumentan que convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo no contempla la suspensión de actividades por falta de consulta, ni discrimina por tipo de proyecto.

La Corte de Constitucionalidad ordenó el pasado 3 de septiembre realizar la consulta en el área de influencia de Minera San Rafael de manera "inmediata". (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

La Corte de Constitucionalidad ordenó el pasado 3 de septiembre realizar la consulta en el área de influencia de Minera San Rafael de manera "inmediata". (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En un comunicado difundido en medios impresos este jueves, la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) expresó su “enérgico rechazo a una resolución que únicamente viene a destruir la ya debilitada certeza jurídica del país debido que a ninguna empresa que esté operando legalmente se le pueden suspender sus operaciones de manera arbitraria.

El pasado 3 de septiembre, la Corte de Constitucionalidad (CC) ordenó una consulta a las comunidades indígenas cercanas a la Mina San Rafael, cuyo proyecto se ubica en el departamento de Santa Rosa como condición para que la minera pueda seguir operando.

Desde julio del 2017, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) otorgó un amparo provisional al Centro de Acción Legal, Ambiental y Social de Guatemala (Calas), con el cual dejó en suspenso dos licencias de operación de la minera San Rafael.

Entre los argumentos de los demandantes estaba que la minera no había seguido los mecanismo legales para instalarse en el lugar, como el incumplimiento de la consulta a las comunidades aledañas, así como un estudio de impacto ambiental más profundo.

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“Lamentable y decepcionante”

La CIG también indicó en su comunicado que “el actuar de los magistrados de la CC en este caso genera muchas dudas y más que despejar cualquier incertidumbre la resolución, se suma a la cantidad de irregularidades y anomalías que se han podido documentar desde que dio inicio el proceso”.

Añaden que “es inexplicable que esta misma corte, que hace un año emitió una resolución que supuestamente sentaba un precedente para futuras sentencias relacionadas a consultas del convenio 169 de la OIT, en esta haya decidido revertir su propio fallo”.

“Ante esta lamentable y decepcionante resolución, la Cámara de Industria de Guatemala se solidariza con todos los colaboradores y proveedores de Minera San Rafael, así como con los vecinos del lugar donde opera la empresa, ya que seguirán viéndose afectados por despidos, falta de empleo y ausencia de actividad económica, lo que generará mayor pobreza incrementará la migración” continúa el escrito.

El comunicado exige además a los magistrados de la CC “eliminar más atrasos y dejar en firme la sentencia, evitando retardos innecesarios a través del uso de medidas dilatorias, como lo son las solicitudes de aclaración interpuestas por algunos partes que únicamente buscan demorar el inicio del proceso de consulta”.

Los industriales hicieron también un llamado al Gobierno de la República para que, “de manera inmediata, inicie el proceso de consulta con el objeto de que minera San Rafael pueda continuar operando” y que “dicha consulta tiene que hacerse apegado al texto del convenio 169 de la OIT de forma independiente y sin influencia de terceros que desde ya están buscando atrasar el proceso”.

Esperan sentencia en firme

Por su parte, el Ministerio de Energía y Minas (MEM) fijó el pasado viernes 7 de septiembre su postura respecto la resolución de la CC por el caso de la Minera San Rafael, indicando que ya inició los preparativos para hacer la preconsulta y consulta, pero aún no pueden convocar porque no está firme el fallo.

Martín Guzmán, secretario de la CC, aseguró el pasado 3 de septiembre que el fallo responde a que se determinó la existencia de población xinca en el área de influencia de la mina, por medio de requerimientos de información a órganos técnicos especializados de las universidades San Carlos y Del Valle.

Refirió que el área de influencia  se determina según la zona de explotación que opera el proyecto El Escobal, en San Rafael Las Flores, Santa Rosa.  “Se hace ver que, aun cuando no hubiera —población xinca—, de llegar a determinar que hay comunidades indígenas de otra etnia, de igual manera se debe llevar a cabo la consulta”, aseguró el secretario.

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